Movilidad
Descubre los cambios de la nueva Ley de Tráfico que entró en vigor el 21 de marzo
La nueva Ley de Tráfico, que entró en vigor el 21 de marzo, incluye novedades que afectan a todo tipo de vehículos y peatones. Los cambios son importantes y significativos y por eso la DGT ha decidido presentar una campaña informativa bajo el eslogan Nuevos tiempos. Nuevas normas con el objetivo de dar a conocer las novedades más importantes de esta Ley.
Esta es la recopilación con los principales cambios incluidos en esta Ley detallados por tipos de vehículos y que hay que tener en cuenta desde el 21 de marzo de 2022:
Seguridad y conducción:
- En carreteras convencionales, los conductores de turismos y motocicletas ya no podrán superar en 20km/h la velocidad máxima permitida para adelantar a otros vehículos. Una medida que busca minimizar el riesgo que ocasionan los adelantamientos y así reducir la siniestralidad en carretera convencional.
- No usar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, el casco y demás elementos de protección o no hacerlo de forma adecuada, conllevará la pérdida de 4 puntos, , en vez de los tres actuales. Además, se multará el mal uso de estos elementos.
- Conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil conllevará la pérdida de 6 puntos. La nueva Ley cambia el concepto de los conductores por completo: sustituye la palabra «utilizar» por «conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil». Esto provocaba que muchos conductores se librasen de la multa al ser muy complicado para los drones captar el momento exacto del uso del teléfono móvil. Este año esto no será así y se esté usando o no, ya supondrá una infracción.
- Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes conlleva la pérdida de 6 puntos. Se considera una infracción grave poner en peligro la seguridad vial, por lo que, aumenta el número de puntos en vez de 4 serán 6, y con el mismo importe de sanción que el actual, 200 euros. Tirar objetos a la vía puede dañar a otros conductores o a sus coches, y tener que cambiar cristal coche.
- Adelantar a una bicicleta o a un ciclomotor, deberá hacerse ocupando completamente el carril contiguo en vías de 2 o más carriles por sentido. En vías de un solo carril, se deberá mantener la separación mínima lateral de 1,5 metros o se perderán 6 puntos. Es una manera de proteger a este colectivo vulnerable.
- Los peatones tienen preferencia de paso sobre los vehículos en los pasos para peatones, en las aceras y en las zonas peatonales.
Respecto a las normas, señales y autoridad:
- Es obligatorio respetar las restricciones de circulación que responden a los protocolos activos ante episodios de contaminación y de Zonas de Baja Emisión (ZBE).
- Está prohibido parar o estacionar tu vehículo en el carril bici o en vías ciclistas.
Interferencia en el sistema de vigilancia:
- Llevar inhibidores de radares o cinemómetros en los vehículos está prohibido, estén conectados o no. Son sistemas que interfieren en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia de tráfico por lo que no se permite llevarlos. Hacerlo supone la pérdida de 3 puntos.
Permiso de conducir y saldo de puntos:
- Con independencia de las infracciones que se hubieran cometido, el plazo para recuperar el saldo inicial de puntos es de 2 años si no se cometen infracciones que conlleven la pérdida de puntos.
- Ya no es necesario llevar físicamente tu permiso de conducir. Gracias a la App miDGT, podrás acreditar que tienes autorización para conducir.
Otras nuevas normas de tráfico que afectan a bicicletas, ciclomotores y patinetes:
- En moto o un ciclomotor está permitido utilizar dispositivos inalámbricos certificados u homologados en tu casco de protección para fines de comunicación o navegación.
- No usar el casco o no hacerlo de forma adecuada conlleva la pérdida de 4 puntos.
- Para menores de edad que usen vehículos de movilidad personal la tasa de alcohol es 0,0.
- Se mantiene la prohibición de que los Vehículos de Movilidad Personal (como los patinetes) circulen por autopistas y autovías.
La reforma de la Ley ha sido más amplia por lo que la DGT ha creado una página web específica en la que se puede consultar los cambios más importantes. O también puedes ver el texto completo publicado en el BOE.
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